Aceptacion

 

Letra de cambio con promesa de pago que hace el girador de la misma y que, por lo general, se indica mediante la inscripción en la cara posterior del propio documento de la palabra de "acepto" o "aceptamos", seguida de la fecha, el lugar de pago y la firma del aceptante.

 

Accion Cambiaria

 

La que se ejercita por falta de aceptación parcial o total, por carecer de pago parcial o total, o cuando el girado o el aceptante de una letra de cambio fueron declarados en estado de quiebra o de concurso.

 

Negociable

 

Característica de aquellos documentos mercantiles como letras de cambio, talones, cheques ... que, debidamente cumplimentados, son susceptibles de documento o transmisión.